TRANSPARENCIA

Funciones que desarrolla la entidad

La Asociación Taller Baix Camp, es una entidad pionera en nuestro entorno, tiene por objeto la mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual y de sus familias. Esto ha sido así, utilizando estas palabras o las que se utilizaban en cada momento histórico, desde 1979 hasta nuestros días.

En 1979 un grupo de padres y madres viendo la dificultad que tenían sus hijos para seguir la enseñanza ordinaria y ante la inexistencia de servicios en los que poder ser atendidos, deciden unirse y crear así un espacio donde estos niños y niñas pudieran recibir una educación.

Entre 1980 y 1985 se financia a través de la Generalitat, de la Diputación y de los ingresos provenientes de trabajos que ya en ese momento se realizan de forma artesanal.

A diferencia de otras entidades de nuestro sector, esta entidad ha mantenido y mantiene una presencia fundamental de los familiares de las personas con discapacidad en sus órganos de gobierno. Este hecho se ha sabido compaginar con una total profesionalización en 1991 de los estamentos de gestión y con una buena vinculación con los organismos privados y públicos de nuestro entorno.

A partir de 1993 comienzan a formalizarse los primeros contratos laborales y el número de personas con discapacidad psíquica atendidas comienza a aumentar de manera considerable.

La Asociación, además de ser un movimiento de familias, aglutinadora de las sinergias favorables que ofrece nuestro entorno, tiene una cartera de servicios dirigidos a las personas con discapacidad intelectual.

  1. Centro Ocupacional
  2. Centro Especial de Trebajo
  3. Servicio de vivienda
  4. Servicio de atención a las familias
  5. Servicio de ocio
  6. Agencia de colocación de la Generalitat de Catalunya

Relacionada con nuestra forma jurídica de Asociación

  • Ley 4/2008. Código Civil de Cataluña
  • Ley 49/2002. Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales del mecenazgo.

Relacionada con nuestra misión

  • Real Decreto Legislativo 1/2013. Ley general de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social.

Como prestadora de servicios de la Cartera de Servicios Sociales

  • Ley 12/2007. Servicios sociales.
  • Decreto 142/2010, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales 2010-2011
  • Decreto 284/1996. Sistema catalán de servicios sociales.
  • Decreto 176/2000. Modificación del Decreto 284/1996.

Como Centro Ocupacional

  • Decreto 279/87. Centros Ocupacionales para Disminuidos.
  • Orden del 28/07/92. Desarrollo del Decreto 279/87, por el que se regulan los Centros Ocupacionales para Disminuidos.
  • Decreto 336/95. Servicio Ocupacional de inserción en Centros Ocupacionales para personas con disminución psíquica.

Como Servicio de vivienda

  • Decreto 318/2006. Servicios de acogimiento residencial para personas con discapacidad intelectual.

Como Agencia de Colocación

  • Real Decreto 1796/2010. Agencias de Colocación.
  • Orden EMO 123-2011. Procedimiento de autorización y la actividad de las agencias de colocación en Cataluña.

Como Centro Especial de Trabajo

  • Real Decreto 2273/1985. Centros especiales de trabajo definidos en el artículo 42 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social del minusválido.
  • Real Decreto 496/2006. Unidades de soporte a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los CETs.
  • Real Decreto 290/2004. Enclaves laborales como medida de fomento del trabajo de las personas con discapacidad.

Asamblea general de socios

Organismo supremo de adopción de las decisiones de la entidad, cuyos acuerdos serán obligatorios para todos los miembros de esta. Estará integrada por el conjunto de todos los socios.

Consejo Directivo

Órgano social que representa, gobierna y administra la Asociación. Está integrado entre 7 y 15 socios escogidos y nombrados por la Asamblea General, y siempre en número impar, por votación de todos los socios presentes o representados que estén en situación de ejercer sus derechos sociales.

Consejos Asesores 

Del Centro Ocupacional y del Servicio de Vivienda, estará integrado por representantes de la Asociación, representantes de los profesionales que intervienen en las actividades y por representantes de los usuarios o sus representantes legales, escogidos democráticamente por la Asamblea.

Puedes consultar nuestra Estructura Organizativa aquí

Retribuciones percibidas por los máximos responsables de la entidad

Los cargos de los miembros de la junta no tendrán ninguna clase de retribución por razón del ejercicio de sus funciones, según el artículo 15 punto 12 de los estatutos.